Paraguay

Fuente: http://www.lanacion.com.py/noticias-278712-2009-11-20.htm

Desde el 7 de abril del 2010, cajetillas deben tener una imagen relacionada a los daños que produce fumar.

Desde ayer entró en vigencia una nueva disposición del Ministerio de Salud mediante la cual el consumidor, o el comprador de cigarrillos, se encontrará con sugerentes advertencias gráficas y leyendas tajantes y literales respectos a las enfermedades que produce este hábito de fumar.

La mencionada cartera resolvió que las cajetillas y cualquier otro tipo de embalaje de cigarrillos o productos de tabaco, de producción nacional o internacional, destinados al consumo local deberán contener advertencias sanitarias de dimensiones mayúsculas, respecto a las que actualmente encontramos en cualquier cajetilla. “Fumar causa cáncer de pulmón, enfisema y crisis de asma”; “Fumar produce infarto cerebral; Fumar causa impotencia sexual; Fumar causa infarto cardiaco e hipertensión arterial”, serán las leyendas que deberán figurar en los paquetes todos estos con sus respectivas imágenes, las cuales están también estandarizadas por el ministerio.

Según explicó la doctora Claudia Sánchez, coordinadora del Programa Nacional de Tabaco del MSPyBS, estas disposiciones entran a regir desde ahora, lo cual en adelante los empresarios tabacaleros deberán pasar por las oficinas de la Dirección General de Comunicaciones del MSPyBS para retirar las disposiciones técnicas que deberán contener los paquetes de cigarrillos.

Estas advertencias sanitarias ocuparán, a partir del 7 de abril del 2010, Día Mundial de la Salud, el 50% inferior de la superficie principal frontal y el 40% inferior de la superficie principal posterior de la cajetilla de cigarrillos, pero estos tamaños serán progresivamente mayores, siendo la meta para el 2012, llegar a un porcentaje del 60% de cobertura de los empaquetados, según explicó la galena. Estas leyendas deberán estar precedidas de la afirmación “El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social advierte”, en un tamaño menor a los textos de advertencia y estarán sujetos a revisiones y modificaciones anuales por parte de dicho ministerio. Las advertencias serán impresas directamente en la cajetilla de productos de tabaco, con la finalidad que la imagen permanezca visible en todo momento, incluido el periodo de exhibición en puntos de venta.

La disposición también establece que estarán prohibidos los paquetes y etiquetas de los productos de tabaco que promocione un producto de tabaco de manera falsa, equívoca o engañosa, o que pueda inducir a error con respecto a sus características.

Habrá sanciones

Las nuevas disposiciones de advertencias sanitarias emitidas por el Programa Nacional del Tabaco dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, entran en vigencia a partir de la publicación de las mismas.

El incumplimiento de lo estipulado en esta Resolución constituye una falta grave y hará pasible a los responsables de las sanciones previstas en el Código Sanitario. El Departamento de Control de Publicidad del MSPyBS y la dirección General de Vigilancia Sanitaria se harán cargo del control y cumplimiento de esta resolución.

La referida cartera estatal advierte que el consumo de humo de cigarrillos y demás productos de tabaco, en cualquiera de sus formas, representa un riesgo para la salud, por la presencia en ellos de cancerígenos, contaminantes y otras sustancias tóxicas.

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