Por unanimidad despachadas las normas mas controvertidas de proyecto que garantiza el derecho de los no fumadores a vivir en un ambiente libre de contaminación
· Iniciativa legal se votaría a más tardar la próxima semana en su primer trámite legislativo y dispone que los locales de mas de 100 metros pueden tener sección no fumadores que ocuparía el 60% del espacio y el 40% restante los fumadores que deben tener un reducto que no deje pasar el humo

Terminaron las polémicas en torno a los lugares en que se prohibirá fumar. La Comisión de Salud, presidida por el senador José Antonio Viera Gallo, dirimió por unanimidad las diferencias y dejó el proyecto en condiciones de ser despachado definitivamente por la Sala, el miércoles 5 o la próxima semana en su primer trámite constitucional.
Según lo informado por el parlamentarios, “esto significa que no se podrá fumar ni dentro ni en los recintos aledaños de ascensores, medios de transportes, lugares donde se manipulan alimentos o medicamentos; en las bombas de bencinas; en los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media”.
También se estableció que solo se puede fumar en patios interiores o adyacentes o en salas destinadas al efecto, tratándose de establecimientos universitarios y de salud públicos o privados; teatros, cines, gimnasios, centros comerciales, supermercados. Esta restricción también rige para todas las oficinas públicas, “pero en ese caso, se puede fumar en las oficinas individuales siempre que tengan ventilación especial o ventanas que den al aire libre. Además se rigen por esta última regla, las oficinas privadas que tengan más de 10 empleados y si tienen menos de este número de trabajadores la decisión la tomaran los dueños o administradores escuchando a sus dependientes”, explicó.
Asimismo, el senador Viera Gallo, indicó que en el caso de pubs, restaurantes, casinos, salas de juegos, si estos locales tienen más de 100 metros y sus dueños o administradores quieren tener una sección fumadores, tienen que destinar el 60% del espacio para no fumadores y el 40% restante para fumadores. “Pero debe haber una división clara que impida el paso del humo”, explicó advirtiendo que si el local tiene menos de 100 metros, deben decidir “si será para fumadores o no fumadores”.

Además, anticipó una norma especial para los cabarets y discotecas donde se expenden bebidas alcohólicas y a las cuales no tienen acceso menores de 18 años. “En ese caso pueden optar a ser locales de fumadores o no fumadores, aunque tengan más de 100 metros de superficie”, precisó.
La Comisión de Salud tras despejar estos temas, además, dejó constancia de que no alcanzó a tratar dos materias como son la propaganda encubierta que es cuando pagan para que actores de TV o Cine aparezcan fumando en programas de televisión o en revistas y que los empleados que trabajan en lugares donde se fume, tienen que tener un beneficio especial, como sería un mejor programa de salud o exámenes médicos periódicos, “porque tienen un riesgo mayor para su salud”, concluyó el legislador.
DESDE EL sENADO, NORMAS MÁS CONTROVERTIDAS EN MATERIA DE TABACO: RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ rogofe47@hotmail.com tabaquismos21.blogspot.com

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