Ley que protege a los no fumadores fijó espacios donde se podrá fumar
Terminaron las polémicas en torno a los lugares en que se prohibirá fumar. La Comisión de Salud, presidida por el senador José Antonio Viera Gallo, dirimió por unanimidad las diferencias y dejó el proyecto en condiciones de ser despachado definitivamente por la Sala, el miércoles 5 o la próxima semana en su primer trámite constitucional. Según lo informado por el parlamentario, “esto significa que no se podrá fumar ni dentro ni en los recintos aledaños de ascensores, medios de transportes, lugares donde se manipulan alimentos o medicamentos; en las bombas de bencinas; en los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media”. Además, solo se puede fumar en patios interiores o adyacentes o en salas destinadas al efecto, tratándose de establecimientos universitarios y de salud públicos o privados; teatros, cines, gimnasios, centros comerciales, supermercados. Esta restricción también rige para todas las oficinas públicas, “pero en ese caso, se puede fumar en las oficinas individuales siempre que tengan ventilación especial o ventanas que den al aire libre. También se rigen por esta última regla, las oficinas privadas que tengan más de 10 empleados y si tienen menos de este número de trabajadores la decisión la tomaran los dueños o administradores escuchando a sus dependientes”, explicó. Asimismo, el senador Viera Gallo, indicó que en el caso de pubs, restaurantes, casinos, salas de juegos, si estos locales tienen más de 100 metros y sus dueños o administradores quieren tener una sección fumadores, tienen que destinar el 60% del espacio para no fumadores y el 40% restante para fumadores. “Pero debe haber una división clara que impida el paso del humo”, explicó advirtiendo que si el local tiene menos de 100 metros, deben decidir “si será para fumadores o no fumadores”.
LUGARES EN QUE NO SE PODRÁ FUMAR: RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ, rogofe47@hotmail.com

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